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miércoles, 31 de agosto de 2011

Situación de los Pequeños Estados Insulares (PEI)

Representantes de la Alianza de Pequeños Estados Insulares protestaron en la Cumbre de Copenhague, solicitando mayor atención de estos estados frente a las drásticas consecuencias del cambio climático.

Trabajo Decente

Delegados, a continuación les dejamos una campaña publicitaria producida por la OIT en la cual promueve y explica la importancia del Trabajo Decente.

Esperamos que les sea de utilidad para reconocer la importancia que está cobrando este concepto en las diferentespartes del mundo.

Cambio climático

En este pequeño informe de National Geographic, vemos la realidad del cambio climático, y sus innegables consecuencias en el mundo..."Seis grados que podrían cambiar el mundo" nos invita a generar conciencia y grandes cambios!

Destrucción de los ecosistemas

Queridos delegados, a continuación les acercamos un video en el cual se ve reflejada la realidad por la que están atravesando los ecosistemas en el mundo. La verdad es lamentable saber que el hombre es el principal factor que daña al planeta, su naturaleza y biodiversidad.

Esperamos generar conciencia necesaria para revertir estos daños tan significativos, es hora de actuar.

ONU MUJERES

Como ustedes saben uno de los temas que trataremos este año en el ECOSOC es el del "Empoderamiento de la Mujer y la igualdad de género".

Dentro de los organismos que colaboran con el ECOSOC y que tienen implicancio en este tema encontramos "ONU MUJERES".

Les acercamos el siguiente link (click aquí) para la búsqueda de información sobre las condiciones de género en cada país y región, que les permitirá tener un conocimiento más acabado acerca de la temática en cada región.

Esperamos que sea de utilidad.

Saludos.

Responsabilidad de proteger a la población mediante Intervención Humanitaria

Concepto

La responsabilidad de proteger, o ¨RdP¨ como se la conoce, representa uno de los avances normativos más importantes en el campo de los derechos humanos. Estipula que los Estados están obligados, individual y colectivamente, a proteger a sus poblaciones del genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y limpieza étnica. Se trata de un principio que no se contradice con la soberanía ni con la igualdad entre los Estados. Por el contrario, está en total conformidad con el respeto a la soberanía responsable que ha definido las relaciones entre los Estados en varias latitudes del mundo. La Responsabilidad de Proteger es la expresión práctica de la conciencia acrecentada entre numerosos países sobre los estándares universales que subyacen a los derechos humanos respaldados por el derecho internacional.
En la soberanía responsable no cabe ambigüedad alguna sobre la obligación del Estado de proteger a su población de abusos graves y de la necesidad de actuar cuando de la violencia contra la propia población se trata. Cuando un Estado incumple manifiestamente sus obligaciones, la comunidad internacional debe tomar las riendas para impedir o detener las atrocidades.
A diferencia de la intervención humanitaria, la RdP no reivindica la intervención unilateral preventiva. Por el contrario, la RdP aboga por la acción multilateral y colectiva, a la vez que ofrece a la comunidad internacional una amplia gama de medidas para responder, de manera oportuna y decisiva, ante una catástrofe inminente: desde una diplomacia enérgica y el despliegue de observadores, hasta la imposición de sanciones y el uso de la fuerza como último recurso.

Debe quedar claro que la RdP no sólo no insiste en la acción militar, sino que enfatiza la prevención de las atrocidades y el fortalecimiento de la capacidad de los Estados para proteger a sus ciudadanos. La RdP busca ser un aliado y no un adversario de la soberanía responsable.[1]
La RdP pretende proporcionar la capacidad institucional para responder a tiempo. Se trata de un principio que busca reconciliar la soberanía y la protección de los derechos humanos en el umbral marcado por crímenes atroces masivos. La RdP es un principio que no da pie a que se generen obligaciones desmedidas; no pretende resolver las guerras o los conflictos, sino prevenir y, en caso necesario, ofrecer una respuesta contundente y eficaz. El alcance y los límites de la RdP están por definirse; no se trata de una tarea concluida, sino de una asignatura pendiente. Pero es claro que en un número importante de países esta norma ha encontrado clara aceptación.

Principios Esenciales

A. La soberanía de un Estado conlleva responsabilidades e incumbe al propio Estado la responsabilidad principal de proteger a su población.

B. Cuando la población esté sufriendo graves daños como resultado de una guerra civil, una insurrección, la represión ejercida por el Estado o el colapso de sus estructuras, y ese Estado no quiera o no pueda atajar o evitar dichos sufrimientos, la responsabilidad internacional de proteger tendrá prioridad sobre el principio de no intervención.

Los fundamentos de la responsabilidad de proteger, como principio rector de la comunidad internacional de Estados, radican en:

A. las obligaciones inherentes al concepto de soberanía;

B. el Artículo 24 de la Carta de las Naciones Unidas que confiere al Consejo de Seguridad la responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales;

C. las obligaciones jurídicas específicas que dimanan de las declaraciones, los pactos y los tratados relativos a los derechos humanos y la protección humana, así como del derecho internacional humanitario y el derecho interno;

D. la práctica creciente de los Estados, las organizaciones regionales y el propio Consejo de Seguridad.

La responsabilidad de proteger abarca tres responsabilidades específicas:

·         La responsabilidad de prevenir: eliminar tanto las causas profundas como las causas directas de los conflictos internos y otras crisis provocadas por el hombre que pongan en peligro a la población.

·                     La responsabilidad de reaccionar: responder a las situaciones en que la necesidad de protección humana sea imperiosa con medidas adecuadas, que pueden incluir medidas coercitivas como la imposición de sanciones y las actuaciones legales en el plano internacional, y en casos extremos la intervención militar.

·               La responsabilidad de reconstruir: ofrecer, particularmente después de una intervención militar, plena asistencia para la recuperación, la reconstrucción y la reconciliación, eliminando las causas del daño que la intervención pretendía atajar o evitar.


jueves, 25 de agosto de 2011

Intervención Humanitaria - Concepto y principios que la rigen

Intervención Humanitaria

La intervención humanitaria o militar con fines de protección humana es una medida excepcional y extraordinaria. Para que esté justificada ha de existir o ser inminente un daño humano grave e irreparable del tipo siguiente:

I.                                          grandes pérdidas de vidas humanas, reales o previsibles, con o sin intención genocida, que sean consecuencia de la acción deliberada de un Estado, de su negligencia o incapacidad de actuar o del colapso de un Estado;

II.                                          ‘depuración étnica’ a gran escala, real o previsible, llevada a cabo mediante el asesinato, la expulsión forzosa, el terror o la violación.

a) Principios Precautorios

·                     Intención correcta: El fin primordial de la intervención, independientemente de que los Estados participantes tengan otros motivos, debe ser atajar o evitar el sufrimiento humano. La mejor forma de cumplir con el principio de intención correcta es que las operaciones sean multilaterales y cuenten con un claro respaldo de las víctimas y de la opinión pública regional.
·                     Último recurso: La intervención militar sólo puede justificarse cuando se hayan intentado todas las demás opciones no militares para prevenir o dar una solución pacífica a la crisis y cuando haya motivos razonables para creer que otras medidas menos enérgicas no habrían dado fruto.
·                     Medios proporcionales: La escala, duración e intensidad de la intervención militar prevista debe ser la mínima necesaria para alcanzar el objetivo de protección humana establecido.
·                     Posibilidades razonables: Debe haber una posibilidad razonable de poder atajar o evitar el sufrimiento que ha justificado la intervención, y las consecuencias de la acción no pueden ser peores que las de la inacción.


b) Autoridad Competente

·                     No existe un órgano mejor ni más adecuado que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para autorizar una intervención militar con fines de protección humana. No se trata de buscar alternativas al Consejo de Seguridad como fuente de autoridad, sino de lograr que el Consejo funcione mejor que hasta ahora.

·                     Siempre habrá que pedir autorización al Consejo de Seguridad antes de emprender una intervención militar. Los partidarios de la intervención deberán o bien solicitar la autorización oficialmente o bien lograr que el Consejo plantee la cuestión por propia iniciativa o que el Secretario General la plantee de conformidad con el Artículo 99 de la Carta de las Naciones Unidas.


c) Principios Operacionales

A. Objetivos claros, un mandato siempre claro e inequívoco y recursos adecuados.
B. La adopción de un planteamiento militar común por las partes implicadas, unidad de mando, y jerarquía de mando y comunicaciones claras e inequívocas.
C. La aceptación de ciertas limitaciones, aumento progresivo y gradación de la aplicación de la fuerza, siendo el objetivo proteger a una población y no derrotar a un Estado.
D. Unas reglas de combate que se ajusten al concepto operacional y sean precisas, reflejen el principio de proporcionalidad y respeten plenamente el derecho internacional humanitario.
E. La aceptación de que la protección de la fuerza no puede convertirse en el objetivo principal.
F. La máxima coordinación posible con las organizaciones humanitarias.


Algunos casos de ¨Intervención¨.

Los acontecimientos registrados en Rwanda en 1994 revelaron todo el horror a que puede conducir la pasividad. El  Consejo de Seguridad se negó a adoptar las medidas necesarias, lo que supuso una falta de voluntad internacional al más alto nivel. La catástrofe humanitaria de Rwanda no fue la única consecuencia: el genocidio desestabilizó toda la región de los Grandes Lagos y aún sigue haciéndolo. En el período subsiguiente, muchos pueblos africanos llegaron a la conclusión de que, pese a la retórica sobre la universalidad de los derechos humanos, unas vidas son mucho menos importantes que otras para la comunidad internacional.[1]
El caso de Kosovo, donde sí se intervino la ONU en 1999, centró la atención en los demás aspectos del debate. La operación planteó importantes preguntas sobre la legitimidad de la intervención militar dentro de un Estado soberano. ¿Se trataba de una causa justa? La gravedad de las violaciones de los derechos humanos que las autoridades de Belgrado estaban cometiendo o amenazaban con cometer ¿justificaba una intervención externa? Los que buscaban la secesión ¿habían manipulado la intervención exterior para promover sus fines políticos? ¿Se habían estudiado a fondo todos los medios pacíficos para resolver el conflicto? ¿Contaba la intervención con la autorización adecuada? ¿Cómo podía justificarse que “una coalición de buena voluntad”, sin la aprobación del Consejo de Seguridad, pasara por alto y marginara al sistema de las Naciones Unidas? La forma en que se realizó la intervención ¿había en realidad agravado la situación de derechos humanos que pretendía corregir? O, por el contrario, si la OTAN no hubiera intervenido, ¿se habría convertido Kosovo, en el mejor de los casos, en escenario de una perpetua guerra civil cruenta y desestabilizadora y, en el peor, de una matanza genocida como la perpetrada en Bosnia cuatro años antes?[2]
El caso de Bosnia, en particular el hecho de que en 1995 las Naciones Unidas y otras instancias no lograran impedir la masacre de millares de civiles que buscaban refugio en las “zonas seguras” de las Naciones Unidas en Srebrenica, también ha tenido una importante repercusión en el actual debate sobre la política de intervención con fines de protección humana. Si en un principio, la intervención es una promesa que se hace a una población necesitada, esta promesa se incumplió cruelmente.
Otro ejemplo fue el fracaso y la retirada de las operaciones de paz realizadas por las Naciones Unidas en Somalia en 1992 y 1993, en las que la intervención internacional destinada a salvar vidas y restablecer el orden se malogró debido a una planificación defectuosa, una mala ejecución y una excesiva dependencia de la fuerza militar.
Estos cuatro casos sucedieron en un momento en que se abrigaban grandes esperanzas de conseguir acciones colectivas eficaces tras el fin de la Guerra Fría. Todos ellos, Rwanda, Kosovo, Bosnia y Somalia, han afectado profundamente a la manera en que se considera, analiza y caracteriza el problema de la intervención.

Tratamiento del tópico en Naciones Unidas
Cabe destacar que en el siglo pasado, más de 217 millones de seres humanos perdieron la vida en guerras, matanzas y actos genocidas, con una proporción de 9 a 1 de bajas civiles, éstas cifras dan cuenta de la magnitud del desafío al que se enfrenta la ONU. La evidencia de estas cifras brutales empujó al secretario general Ban Ki-moon a retomar la agenda de su antecesor y a publicar su informe ¨Hacer efectiva la responsabilidad de proteger¨ que sirve de base para las discusiones de la Asamblea General.
En julio del corriente año la Asamblea General de la ONU comenzó a debatir "la responsabilidad de proteger" que tiene la comunidad internacional para evitar un genocidio u otros crímenes de guerra o contra la humanidad.
Esa obligación le compete primordialmente a cada Estado. La cuestión que se plantea es qué medidas colectivas se deben tomar a través del Consejo de Seguridad cuando el gobierno del país en cuestión no protege a su población de esos delitos.
El Secretario General, Ban Ki-moon, presentó un informe con ideas para que sirvieran como punto de partida al debate. Subrayó que la responsabilidad de proteger debe situarse bajo la égida de la ONU y dentro de su Carta. "Al desarrollar estrategias, estándares y procesos totalmente de Naciones Unidas para implementar la responsabilidad de proteger, podemos desalentar a Estados y grupos de Estados para que no usen este principio con propósitos  inapropiados", explicó Ban Ki-Moon.[3] Sostuvo, además, que la prevención debe ser la prioridad principal.
"La acción militar es el último recurso, no el primero y sólo debe tomarse de acuerdo con las provisiones de la Carta. Es más, en relación a la responsabilidad de proteger, los grupos armados y los actores no estatales deben responder a las mismas normas que los Estados en el territorio bajo su control", advirtió el Secretario General.
Si la RdP es la expresión del deseo de respetar y proteger la dignidad humana, no debe extrañarnos la amplia simpatía que ha despertado alrededor del mundo. El reto es hacer del debate de estos días en la Asamblea General un espacio de diálogo que permita hacer de esta noble promesa una realidad.
Se debe recalcar que las Naciones Unidas son una organización que se dedica a mantener la paz y la seguridad internacionales protegiendo la integridad territorial, la independencia política y la soberanía nacional de sus Estados Miembros. Pero la inmensa mayoría de los conflictos armados actuales tienen lugar dentro de los Estados y no entre ellos. Además, la proporción aproximada de civiles muertos en dichos conflictos ha pasado de uno de cada diez a principios del siglo XX a nueve de cada diez al acabar el siglo. Esto plantea una importante dificultad a las
Naciones Unidas: cómo conciliar sus principios fundacionales relativos a la soberanía de los Estados Miembros y el consiguiente mandato básico de mantener la paz y la seguridad internacionales (“preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra”) con la misión igualmente fundamental de promover los intereses y el bienestar de la población de esos Estados (“Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas”).
El Secretario General ha replanteado el dilema basándose en dos nociones de soberanía: la del Estado y la del pueblo y los individuos. Este planteamiento refleja la creciente voluntad que se observa en todo el mundo de fomentar el gobierno democrático (de, por y para el pueblo) y mayores libertades populares. En modo alguno debe considerarse que la segunda noción de soberanía supone un desafío al concepto tradicional de soberanía estatal; por el contrario, se trata de dar a entender que en dicha noción más tradicional debería tener  cabida el objetivo de que el pueblo obtenga por sí mismo un poder y una libertad mayores, tanto a título individual como colectivo.




[1] Informe de la Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía de los Estados – Diciembre de 2001.
[2] Dana H. Allin, “el debate sobre la intervención”. La gestión de crisis, Revista de la OTAN, número
actual invierno 2002, www.nato.int/docu
[3] http://www.unmultimedia.org/radio/spanish/detail/141677.html



martes, 23 de agosto de 2011

Principios No Enumerados y del Medio Ambiente

Queridos delegados, en este anexo les acercamos a ustedes cuáles son los PRINCIPIOS NO ENUMERADOS en la Carta de Naciones Unidas, sino que se encuentran contenidos en otros documentos Internacionales. Además incuímos un listado de cuáles son los PRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE.

PRINCIPIOS NO ENUMERADOS:
1. Principio de respeto de los Derechos Humanos
*Presentes en la Resolución 2625 de AG:
2. Principio de la no intervención en asuntos de jurisdicción interna
3. Principio de la Cooperación pacífica entre países.
4. Principio de igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos.


PRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE:
  1. Los Estados deben actuar de modo que, por ellos o por personas bajo su jurisdicción o control, no se realicen actividades que causen daños “sensibles”, medioambientales u otros, por encimas de las fronteras a terceros Estados, bien directamente, bien indirectamente en la persona o bienes de sus súbditos.
  2. Todo Estado tiene derecho a no sufrir en su territorio daños, medioambientales y otros, derivados de actividades realizadas bajo la soberanía, jurisdicción o control de los otros Estados.
  3. Por el mero hecho de que un Estado realice o haya autorizado a terceros la realización, en su territorio o bajo su jurisdicción o  control, de actividades lícitas peligrosas para terceros Estados o para el medio ambiente en general, sea aquel responsable de repara daños, medioambientales u otros, que se originen por dicha actividad.
  4. El Derecho Internacional impone a los Estados, en el supuesto de accidentes que causan o pueden causar daños transfronterizos importantes, dos clases de obligaciones:
a)      Una que se impone al Estado cuyo territorio o bajo cuya jurisdicción o control se ha producido el accidente, de informar inmediatamente del mismo a todos los posibles afectados.
b)      Otra, que se impone al Estado del accidente y a los terceros en situación de hacerlo, de cooperar en las tareas de urgencia destinadas a minimizar los daños.



RECUERDEN QUE ESTOS ELEMENTOS SERÁN SUMAMENTE ÚTILES PARA SUS DISCURSOS, INTERPELACIONES, RESPUESTAS A LAS MISMAS Y RESOLUCIONES O ENMIENDAS! ESPERAMOS QUE LES SIRVAN!

Organismos dependientes del ECOSOC

Delegados, en el siguiente listado se presentan aquellos Organismos que pertenecen al Sistema de Naciones Unidas, y que trabajan de manera mancomunada con el Consejo Económico y Social.

A)    Comisiones Orgánicas:
-Comisión de desarrollo social
-Comisión de DDHH
-Comisión de estupefacientes
-Comisión de prevención del delito y justicia penal
-Comisión de ciencia y tecnología para el desarrollo
-Comisión sobre el desarrollo sostenible
-Comisión de la condición jurídica y social de la mujer
-Comisión de población y desarrollo
-Comisión de estadística

B) Comisiones Regionales:
-CEPA: Comisión Económica para África
-CEPE: Comisión Económica para Europa
-CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe
-CESPAP: Comisión Económica y social para Asia y el Pacífico
-CESPAO: Comisión Económica y social para Asia Occidental

C) Comités del período de sesiones y comités permanentes

D) Grupos de expertos, grupos especiales y conexos.

E) Organismos Especializados: son Organizaciones autónomas que trabajan con UN y entre sí bajo el mecanismo de coordinación del Consejo Económico y Social:
-OOPS: Organismo de Obras Públicas y Socorro para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente.
-OIT: Organización Internacional del Trabajo
-FAO: Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación
-UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
-OMS: Organización Mundial de la Salud
-FMI: Fondo Monetario Internacional.
-OACI: Organización de la Aviación Civil Internacional
-OMI: Organización Marítima Internacional
-UIT: Unión Internacional de Telecomunicaciones.
-UPU: Unión Postal Universal.
-OMM: Organización Meteorológica Mundial
-OMPI: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
-FIDA: Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola
-ONUDI: Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial.
*Grupo del Banco Mundial:
-BIRF: Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento
-AIF: Asociación Internacional de Reconstrucción y Fomento
-CFI: Corporación Financiera Internacional.
-OMGI: Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones
-CIADI: Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a las Inversiones.

F) Programas y Órganos:
-UNCTAD: Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y Desarrollo.
-CCI: Centro de Comercio Internacional
-ONUDD: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.
-PNUMA: Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente
-PNUD: Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
-UNIFEM: Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para los Refugiados
-UNICEF: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
-PMA: Programa Mundial de Alimentos.
-OOPS: Organismo de Obras Públicas y Socorro para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente.

*Otros Órganos de Naciones Unidas
-OACDH: Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
-CNUAH: Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (Habitat).
-UNOPS: Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos.
-UNU: Universidad de las Naciones Unidas.

*Institutos de Investigación y Capacitación
-INSTRAW: Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la promoción de la mujer.
-UNICRI: Instituto Interregional para investigaciones sobre la delincuencia y las justicia.
-UNRISD: Instituto de las Naciones Unidas de Investigación para el Desarrollo Social.
-UNIDIR: Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme (sólo rinde informes a la AG).
-UNITAR: Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones.


Esperamos sean de su utilidad!!

martes, 16 de agosto de 2011

TEMAS DEL ECOSOC 2011

Estimados Delegados,
Los temas que se tratarán este año en el ECOSOC del XIV Modelo Regional, son los siguientes:
 En cada una de sus capacitaciones, antes de encontrarse con su capacitador, lean los papers de los temas atentamente, pero sobre todo trabajen y debatan sobre ellos, tratando de armar la posición de su país respecto del tema. Eso es lo mas importante y lo que ustedes tienen que lograr durante todo este proceso de capacitación.

Formen su espíritu critico respecto del tema, sean originales y propongan nuevas soluciones que integren a todos los afectados en las problemáticas.
Aprovechen las paginas que se recomiendan en cada uno de los papers de los temas, ingresen, investiguen y busquen información necesaria para la conformación de su posición como país, y para entender la posición del resto de delegaciones.
No pueden dejar de verlos, de leerlos, de discutirlos, tratarlos, entenderlos, pero sobre todo de aprovecharlos para hacer del tratamiento del tema durante el Modelo un debate rico, transformador y dinámico.

¡Tienen todos los elementos que necesitan!
Esperamos compromiso y responsabilidad de su parte

Si necesitan mas informacion, tienen alguna duda en particular, o por problemas técnicos con esta página no duden en consultarle a sus capacitadores o escribir al mail mrodriguez@oajnu.org o a cscarafia@oajnu.org

FUNCIONES DEL ECOSOC

Estimados Delegados,
Las funciones de cada uno de los órganos de las Naciones Unidas son pilares fundamentales de todo el proceso de la capacitación. Deben tener en cuenta que los días del Modelo, ustedes representarán a representates de los miembros de las Naciones Unidas en un órgano en especial. En este caso: Consejo Económico y Social -ECOSOC-.
Por eso, es mas que importante que ustedes sepan cuáles son las funciones y los poderes que en virtud de la Carta, tiene este órgano.
Recuerden que los días del Modelo ustedes pueden llevar toda la información que crean que les puede llegar a servir. No se olviden de incluir las funciones del órgano, y sobre ellas armar los discursos, interpelar a las demás delegaciones, redactar los anteproyectos de resolución, redactar enmiendas, hacer comentarios en relación a los anteproyectos, etc.



Las funciones del ECOSOC constituyen un elemento básico para los días del Modelo.



Para acceder al paper con las funciones del ECOSOC, haz click aquí

¿QUÉ ES EL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL O ECOSOC?

El Consejo Economico y Social es uno de los seis órganos por los que esta conformada la Organizacion de las Naciones Unidas.
Formado por 54 miembros, puede hacer o iniciar estudios e informes con respecto a asuntos internacionales de carácter económico, social, cultural, educativo y sanitario, y otros asuntos conexos, y hacer recomendaciones sobre tales asuntos a la Asamblea General, a los Miembros de las Naciones Unidas y a los organismos especializados interesados.

Para más informacion, haz click aquí.

Recuerden que durante el Modelo, ustedes van a representar a diplomaticos de todas partes del mundo en el Consejo Economico y Social. Por eso, se torna fundamental saber que es el organo, como esta compuesto, cuales son sus funciones, cuando sesiona, y otras cuestiones basicas.


Aqui van a encontrar toda la informacion necesaria, pero si necesitan mas o tienen alguna duda en particular no duden en consultarle a sus capacitadores o escribir al mail mrodriguez@oajnu.org o a cscarafia@oajnu.org

PRINCIPIOS DE NACIONES UNIDAS

Al igual que los propósitos, la Carta de las Naciones Unidas define los principios esenciales en los cuales se basa la organización. Estos principios son las siete obligaciones generales que ligan a cada país y a la organización en conjunto. Los principios constituyen el camino mediante el cual se asegura el cumplimiento de los propósitos.

Junto con los propósitos, constituyen uno de los elementos fundamentales de las Naciones Unidas en general, y de las capacitaciones en particular. Todos los temas encuentran relación con los principios.
Ustedes, como representantes de un miembro de las Naciones Unidas, no pueden omitir estos principios. Estos principios deberían caracterizar su accionar para con el resto de la Comunidad Internacional, y demostrar el compromiso que han asumido para alcanzar la paz y la seguridad internacional.

A continuación, se listarán y explicarán brevemente los principios.

1. Igualdad Soberana de los Estados“La Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros”
Este principio presenta dos aspectos muy relacionados entre sí. En primer término, se proclama en él que los Estados Miembros conservan su soberanía, sobre la que precisamente se sustenta la Organización. El segundo aspecto de este principio es la igualdad jurídica entre los Estados Soberanos, que debe entenderse como igualdad ante la ley, es decir, todos los Estados son iguales ante el Derecho Internacional. En este sentido existe una pronunciada polémica dentro de la Opinión Pública debido a que el Derecho a Veto de los Estados Miembros Permanentes en el Consejo de Seguridad. Sin embargo, la Asamblea General y sus 191 Estados Miembros con 1 voto cada 1, es la muestra más cabal de la vigencia de este principio. El Derecho a Veto es simplemente una facultad funcional que la Carta Otorga a algunos Estados, ratificada por el consenso de todos los demás, a pesar de las numerosas críticas acerca de su correcto uso o de la funcionalidad de su subsistencia.


2. Buena Fe en el cumplimiento de las Obligaciones“Los Miembros de la Organización, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condición de tales, cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con esta Carta”
El principio de la buena fe es una adición interpretativa e integrativa a la obligación de los Estados de cumplir sus obligaciones internacionales. La buena fe constituye uno de los principios básicos que gobiernan la creación y observancia de obligaciones jurídicas, cualesquiera que sea su fuente., y cualquiera sea el sistema jurídico que se exprese.


3. Arreglos Pacíficos de Controversias
“Los Miembros de la Organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia”

Este principio comprende dos obligaciones fundamentales. La primera es la obligación de las partes en una controversia de darle una solución por medios pacíficos y esto permite afirmar que nos hallamos ante una obligación de hacer. En cambio, la segunda obligación es de no hacer, que se trata de que: los Estados partes en una controversia internacional, así como los demás Estados, se abstendrán de toda medida que pueda agravar la situación de modo que ponga en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional. Merece destacarse la reafirmación en el texto del principio de libre elección de los medios, que supone un margen de libertad mayor. Esta amplia libertad conoce dos límites. El primero es la regla de la adecuación de los medios a las circunstancias y a la naturaleza de la controversia. La segunda limitación deriva de las disposiciones aplicables de la Carta y en particular el capítulo VI.


4. Prohibición de la Amenaza o Uso de la Fuerza
“Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”

Este principio no ha erradicado el uso de la fuerza de las relaciones Internacionales, debido a las deficiencias intrínsecas y a la inaplicación parcial de las disposiciones de la Carta encaminadas a asegurar la prevención y la represión de las infracciones. Sin embargo, las deficiencias de la Organización internacional no debilitan el carácter imperativo de este principio ya que una violación grave de una obligación internacional de importancia esencial para el mantenimiento de la paz, como la que prohíbe la agresión, puede resultar un crimen internacional.
El alcance subjetivo del principio viene referido a los Estados individualmente considerados y a los grupos de Estados. La prohibición no se extiende a los pueblos; en cuanto a las Organizaciones Internacionales debe señalarse que los acuerdos u organismos regionales necesitan de la autorización del Consejo de Seguridad para aplicar lícitamente medidas coercitivas.
El alcance objetivo tiene varios aspectos:
• La prohibición se circunscribe a la sola fuerza armada.
• Se considera especialmente grave la comisión de actos de agresión calificando de crimen contra la paz a toda guerra de agresión.
• La prohibición del uso de la fuerza se extiende a supuestos en que no existe guerra en el sentido tradicional.
• Es ilícita la amenaza del uso de la fuerza.Finalmente deben mencionarse ciertas reglas complementarias:
• No se reconocerá como legal ninguna adquisición territorial derivada del uso de la fuerza.
• Los Estados deberán realizar negociaciones encaminadas a la rápida celebración de un tratado universal de desarme general.

5. Asistencia a Naciones Unidas
“Los Miembros de la Organización prestaron a ésta toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendrán de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva”

Este principio impone a los Estados dos obligaciones complementarias. La primera se refiere a cualquier acción conforme con la Carta, mientras que la omisión de auxilio, objeto de la segunda obligación, solo se debe cuando las Naciones Unidas ejerzan acción preventiva o coercitiva.
Se plantea el problema del status de neutralidad con el principio que comentamos. Esta cuestión plantea dos aspectos: el primero es el de saber si la pertenencia a Naciones Unidas implica o no una infracción del estatuto de neutralidad. La segunda, plantea si un Estado que a su vez está afectado por alguna acción coercitiva puede prevalecerse de ella para sustraerse de estas obligaciones.

6. Autoridad sobre Estados No Miembros“La Organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales”

El texto plantea, pero no resuelve, el problema de la autoridad de la Organización sobre los Estados no miembros, en la medida que se trata de una disposición convencional que impone obligaciones a terceros Estados con independencia del consentimiento de éstos. Este inciso encuentra su fundamento en la institucionalización de la acción de gobierno internacional de un conjunto de Estados suficientemente representativos: los miembros de las Naciones Unidas.Ingresando a un análisis meramente fáctico (sobre la situación de las Naciones Unidas en la Actualidad), tenemos que destacar que los 191 Estados Miembros poseen más del 95% de la población del planeta, y ocupan otro tanto de su territorio, por lo que las pretensiones de la Organización de posicionarse como el más importante ente supra estatal, cuyas potestades dispositivas trasciendan el marco de las obligaciones y derechos que genera un tratado. Otro factor a tener en cuenta es que Naciones Unidas no sólo se enmarca jurídicamente en un tratado (la carta) y su cumplimiento, si no que es sistema de generación de normas internacionales, y la única vía de creación de Derecho Internacional, de manera directa (Consejo de Seguridad con sus resoluciones) o indirecta (organismos del sistema, en cuyo seno se dan tratados y convenciones).

7. Excepción de la Jurisdicción Interna de los Estados
“Ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII”
La idea de que existe una esfera de materias en las que, en virtud de la soberanía de los Estados, no puede penetrar la actuación de los órganos internacionales arraiga en la práctica internacional a medida que el peligro real de esa penetración se va haciendo más manifiesto. La propia indeterminación del precepto ha permitido en bastantes casos que la Organización rechazase la excepción de la jurisdicción interna, afirmando sus propias competencias.

___________________________________________________________________________________ RECUERDEN: Relacionar todos los temas con los propósitos, teniendo en cuenta las funciones del Consejo de Derechos Humanos

¡Esto los va a ayudar mucho!

PROPÓSITOS DE NACIONES UNIDAS


Seguramente, muchos de ustedes se han preguntado ¿qué son los propósitos? ¿para qué sirven? ¿cómo podemos usarlos? y otras preguntas mas.


Los propósitos son los objetivos y las metas que la Organización de las Naciones Unidas se propuso alcanzar al momento de su creación, y que han guiado su accionar desde aquel momento. Son los elementos que le marcan el norte a la Organización.
Teniendo en cuenta que todos los miembros de Naciones Unidas, son tales en virtud de la ratificación de la Carta de las Naciones Unidas, es importante tener en cuenta que todos adhirieron y creyeron en la validez de estos propósitos, de estos objetivos. Todos y cada uno de los miembros de las Naciones Unidas debe, en virtud de la carta, teñir todas sus acciones en pos de lograr los propósitos.
Los propósitos constituyen uno de los elementos fundamentales de las Naciones Unidas en general, y de las capacitaciones en particular. Todos los temas encuentran relación con los propósitos.
Ustedes delegados, deben ser concientes que el país que representarán los días en los que se desarrollara el Modelo, ha asumido un compromiso con la Comunidad Internacional en cuanto al respeto y garantía de estos propósitos. Es sumamente importante que cada una de sus palabras, como representantes de miembros de Naciones Unidas, se encuentren atravesadas constantemente por los propósitos que se propusieron cumplir al momento de la ratificacion de la Carta de las Naciones Unidas.

A continuación, se listarán y explicarán brevemente los propósitos.

1. Acción Coyuntural de Pacificación
“Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;”

El mantenimiento de un estado de paz y seguridad internacionales es el objetivo prioritario y esencial de las naciones unidas, que para conseguirlo se proponen actuar en dos grandes direcciones: por una parte, mediante una acción sobre las coyunturas de crisis; por otra parte, mediante una actuación preventiva. Este propósito no se limita a hacer explícito el fin último de la Organización, al que están ordenados todos los propósitos, sino que enuncia el primero de ellos, la acción coyuntural, que cubre las categorías tradicionales de la seguridad colectiva y de la solución pacífica de controversias. En la enunciación: Mantener la Paz y Seguridad Internacionales, da a entender que las Naciones Unidas no son creadas para inmiscuirse en conflictos armados internos de los Estados, a no ser que estos puedan llegar a poner en peligro a la Paz y Seguridad Internacionales. Otra excepción que se impuso con la evolución de estos conceptos es la de situar al Respeto por los Derechos Humanos, como otro de los aspectos a proteger por sobre la Soberanía de los Estados. Además, debe extraerse de este enunciado que, la ambición de la Organización radica en mantener la Paz no solo entre los Estados Miembros si no entre toda la Comunidad Internacional. Por último, debemos agregar que este primer inciso no se reduce a expresar el propósito primero solamente, si no también enuncia principios fundamentales: Medios Pacíficos, Justicia y Derecho Internacional.

2. Acción Estructural de Pacificación y Democratización de las Relaciones Internacionales
“Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;”

El enunciado indica un propósito que se expande más allá de su significado semántico. Mantener las Relaciones de Amistad entre las Naciones implica llevar adelante una acción estructural muy compleja, que se complementaría con el primero de los propósitos, pero enfocado hacia una solución más duradera y sostenida de la máxima problemática internacional. El respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, explica la innegable importancia que estos principios representan tanto para la Organización como para los miembros. El respeto a la autodeterminación de los pueblos se nos presenta como la base para fomentar entre las naciones, relaciones de amistad.

3. Cooperación para el Progreso
“Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión”


Este propósito consiste en realizar la cooperación internacional en una amplia serie de materias que presentan como denominador común el de referirse al progreso, al incremento del bienestar de la población de cada Estado. Sin embargo, los objetivos habrán de perseguirse mediante un dispositivo respetuoso para la soberanía de los Estados. Por último, el objetivo del desarrollo está subordinado al fin prioritario del mantenimiento de la paz, en la medida que, por ejemplo, las diferencias en el ritmo de desarrollo entre países vecinos son susceptibles de originar tensiones locales. Nuevamente podemos observar que se consagran valores o principios, que son medios generales para el cumplimiento de los propósitos. En este caso: Derechos Humanos, Libertades Fundamentales, e Igualdad.


4. Armonización de esfuerzos para el Progreso
“Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes”
Este propósito presenta un carácter instrumental, ya que se trata de servir de centro armonizador de los esfuerzos por conseguir los anteriores. La Carta a través de este punto le ha asignado a la Organización una misión propia.




____________________________________________________________________________________ RECUERDEN: Relacionar todos los temas con los propósitos, teniendo en cuenta las funciones del Consejo de Derechos Humanos.

ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS

Naciones Unidas es la mayor organizacion internacional intergumernamental existente, es una asociación de gobiernos global que facilita la cooperación en asuntos como el derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo economico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos. Es una organización de Estados Soberanos. Los Estados se afilian voluntariamente a las Naciones Unidas para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad entre todas las naciones y apoyar el progreso económico y social. La Organización de las Naciones Unidas es un foro o lugar de reunión que prácticamente incluye a todas las naciones del mundo (universal) y proporcionan el mecanismo que ayuda a encontrar soluciones a las controversias o problemas entre países y a adoptar medidas en relación con casi todas las cuestiones que interesan a la humanidad. (Todas estas características se encuentran expresadas, principalmente, en los propósitos y principios de la carta; pueden irles nombrando de a poco a los chicos la carta ) Las Naciones Unidas no son ni una entidad por encima de los Estados ni un gobierno de gobiernos. Por esta razon podemos decir que Naciones Unidas es una organizacion intergumernamental, y no supranacional. No cuentan con un ejército propio y no recaudan impuestos. La Organización está sujeta a la voluntad política de sus Miembros para la aplicación de las decisiones y depende de las aportaciones de sus Miembros para la ejecución de las actividades.

A continuación les dejamos un video que explica de manera breve qué es la ONU.